MTT IMPULSA MODIFICACIÓN QUE OBLIGA A VEHÍCULOS NUEVOS RECIÉN VENDIDOS A CIRCULAR SÓLO CON PATENTE DEFINITIVA

Medida busca que todo vehículo salga de las comercializadoras con su respectiva placa patente única (PPU), evitando el tránsito de automóviles sin esta identificación, especialmente si estos participan en siniestros.

La normativa aumenta la sanción contra conductores que incurren en esta situación y multa a comercializadoras que incumplan con esta obligación.

A través del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), el Gobierno ingresó al Congreso una indicación sustitutiva para que todo vehículo cero kilómetro que se comercialice en el país cuente con la instalación de su placa patente definitiva desde el momento en que abandona la concesionaria donde se adquirió.

Esto, debido al aumento sostenido de conductores y conductoras que transitan en vehículos sin esta certificación. Si bien la legislación actual prohíbe esta situación, el artículo 54 de la Ley de Tránsito permite que los móviles nuevos internados al país o adquiridos en una automotora pueden circular sin su PPU con la factura de compra y por un tiempo máximo de cinco días.

Esta excepción genera una serie de problemas de identificación, que afectan a terceros ante eventuales siniestros viales, entorpecen la fiscalización -especialmente de fotorradares o cámaras-, el cobro por el uso de vías concesionadas y la persecución de delitos cometidos con vehículos que no cuentan con placa patente instalada.

“Conducir es una acción de alta responsabilidad, y de allí la importancia del respeto hacia las leyes de tránsito, especialmente por el rol que cumplen para evitar siniestros. Por ello es clave que quienes conduzcan lo hagan con toda su documentación personal y la del vehículo al día, tomando como referencia que, en últimos años, hemos visto un aumento sostenido de eventos infraccionales que involucran a vehículos sin patente, algo que como país tenemos que revertir», señaló el ministro Juan Carlos Muñoz.

Para ello, agregó el jefe de cartera, «hemos presentado esta indicación sustitutiva, con la que buscamos asegurar un cumplimiento total de las exigencias que deben tener el conductor con su respectivo vehículo, para evitar, por ejemplo, la circulación de automóviles sin algún distintivo que permita identificarlos, en caso que protagonicen un siniestro».

En la misma línea, el subsecretario de Prevención del Delito, Eduardo Vergara, destacó que la medida refleja que como Gobierno “queremos robustecer la legislación” para cumplir con el “compromiso de que en Chile se terminen estos cinco días en que un vehículo pueda transitar sin patente”. A ello se suma, agregó, que “estamos avanzando en el enrolamiento de los vendedores de autos nuevos y ahí la Subsecretaría de Justicia ha tenido un rol fundamental junto al Registro Civil”.

“Todas estas acciones vienen a complementar el Plan Antiencerrona que en mayo pasado pusimos en marcha para reforzar el trabajo policial en los distintos barrios del país”, apuntó la autoridad, adelantando que “una de las acciones nuevas que estamos evaluando también es la incorporación de una tercera placa patente, la que es imposible clonar que ya están usando algunos municipios. Y el objetivo es que sea una medida de carácter nacional”.

Según cifras de Carabineros, durante la última década se ha registrado un crecimiento sostenido en la cantidad de siniestros, fallecidos y lesionados en vehículos sin patente, así como también en los delitos o faltas que los involucran. De hecho, al 31 de agosto de 2022 se contabilizaron 384 delitos o faltas (mismo número que en todo 2020), siendo los más frecuentes el hallazgo de vehículo y el robo con intimidación.

Asimismo, de acuerdo a datos entregados por autopistas concesionadas, desde el año 2010 a la fecha se evidencia una tendencia creciente de vehículos que pasan por pórticos de TAG sin su placa patente, evadiendo de esta manera el pago correspondiente.

Detalles de la indicación

Para reducir la circulación de vehículos sin patente, la indicación establece la obligación de las comercializadoras de vehículos nuevos de entregarlos con su placa patente instalada. El incumplimiento a lo anterior sería sancionado con una multa de 10 a 50 UTM.

Además, propone aumentar la sanción a la conducción de vehículos sin patentes a una infracción gravísima, quienes además arriesgan la suspensión de su licencia de conducir.

De igual modo, la normativa se hace cargo de la masiva comercialización de motocicletas en el país sin haber pasado por el proceso de homologación. Por lo anterior, se establece un periodo de gracia de 12 meses para que puedan tramitar el certificado de revisión técnica respectivo, inscribirse en el Registro de Vehículos Motorizados del Registro Civil y obtener su placa patente única y definitiva. Cumplido lo anterior, quedarán habilitadas para circular. Quienes incumplan los plazos y circulen la documentación solicitada, serán sancionados.

Según estadísticas entregadas por el Programa Nacional de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes, el porcentaje de participación de las motocicletas en el total de vehículos infraccionados ha pasado desde el 1,6% el año 2019 al 8,2% el año 2021. Adicionalmente, solo en el tiempo transcurrido hasta agosto de 2022, las infracciones de motocicletas por circulación sin PPU es de un 5,5%.

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